martes, 20 de abril de 2010

Un fallo, muchas dudas

Foto: EFE

La Corte Internacional de Justicia (CIJ) con sede en La Haya dictaminó por 13 votos contra 1 que Uruguay no cumplió con las "obligaciones procesales" del Estatuto del Río Uruguay de 1975, es decir, los artículos 7 a 12 del mismo.

Esta primera parte del fallo era previsible, ya que es evidente el incumplimiento por parte del Uruguay en notificar previamente a la Argentina de sus intenciones sobre el río en cuestión mediante la Comisión Administradora del Río Uruguay (CARU).

La novedad radica en que la CIJ resolvió a su vez por 11 votos contra 3 que Uruguay no incumplió con las "obligaciones de fondo" del Tratado, esto es, los artículos 35, 36 y 41, que hablan de la protección del medio ambiente.

Finalmente, y en un duro revés para la Asamblea ciudadana de Gualeguaychú, la Corte resolvió que, al no haber pruebas de contaminación, no existen razones para ordenar el desmantelamiento de la planta de celulosa. De todas maneras, la Corte recuerda a las Partes que es una obligación jurídica el seguir monitoreando la calidad de las aguas del Río a través de la CARU.

El fallo es inapelable y vinculante para las dos Partes, pero al no abordarse jurídicamente aún la cuestión de los cortes de las rutas internacionales que unen la Argentina con el Uruguay, persiste la duda acerca del futuro inmediato.

La cuestión se torna incluso más espinosa si tomamos en cuenta que la mencionada Asamblea de Gualeguaychú anunció, a pesar del fallo, sus intenciones de seguir bloqueando el Puente General San Martín que une esa localidad argentina con Fray Bentos, en Uruguay.

Para intentar solucionar este delicado tema aun pendiente se espera un encuentro entre Cristina Fernández de Kirchner y José Mujica para las próximas semanas.

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